A partir de hoy en Italia el recién nacido no tendrá automáticamente el apellido del padre. Todas las normas que atribuyan esto a la mora serán ilegítimas. Esta es la decisión de la Corte Constitucional. Esta práctica fue definida como discriminatoria y lesiva a la identidad del niño.

La elección del apellido.

Se pasa un golpe de esponja sobre un auténtico baluarte de la concepción patriarcal de la sociedad y, en concreto, de la familia. El niño llevará tanto el apellido del padre como el de la madre. Los padres decidirán entonces el orden de los dos. Obviamente existe la libre elección de asignar sólo uno.

Obviamente, existe la posibilidad de que haya una falta de acuerdo entre las partes en este frente. Especialmente en esta fase inicial, podrían surgir conflictos. En este caso, señala la nota, el juez intervendrá de conformidad con lo dispuesto por el ordenamiento jurídico.

Todas las normas que prevén de oficio la atribución del apellido paterno son consideradas constitucionalmente ilegítimas. Esta declaración oficial se refiere tanto a los hijos nacidos dentro del matrimonio como a los nacidos fuera del matrimonio, así como a los hijos adoptivos. La norma sobre la que la Corte se ha pronunciado de manera particular es la que impedía atribuir al hijo únicamente el apellido de la madre, en presencia o no de mutuo acuerdo. En este caso, solo se requería el apellido del padre o la presencia de ambos en el mejor de los casos. Una pequeña revolución de gran importancia, tanto práctica como ideológica. Se lanza una señal contundente en función de una sociedad que mira a sus ciudadanos de manera verdaderamente igualitaria.

Los hijos también pueden tener el apellido de la madre. última edición: 2022-04-27T17:43:14+02:00 da Luca coronado

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